1.11.12

Declaración de repudio a las modificaciones del régimen de Riesgo de Trabajo


VISTO
La presentación del Proyecto de Ley para la modificación del actual régimen de Riesgo de Trabajo, ley 24.557.
La movilización de los sindicatos nucleados en la Confederación General del Trabajo (CGT) y la Central de Trabajadores de la Argentina (CTA) al Congreso de la Nación en rechazo al proyecto en tratamiento.
CONSIDERANDO
Que una nueva Ley debería hacer hincapié en la prevención de accidentes laborales, resolviendo las problemáticas de fondo.
Que los ámbitos laborales deben ser dignos y seguros, y los trabajadores deben ser provistos de todos los elementos para que su salud no peligre. El Estado, en conjunto con los Sindicatos, es quien debe supervisar tanto esto como que se cumplan la cantidad de horas establecidas de trabajo, según el tipo de actividad.
Que el cuidado de la salud física y moral de los individuos debe ser una preocupación primordial y constante de la sociedad a la que corresponde velar para que el régimen de trabajo reúna los requisitos adecuados de higiene y seguridad, no exceda las posibilidades normales de esfuerzo y posibilite la debida oportunidad de recuperación por el reposo.
Que el ámbito en el que deben resolverse los litigios laborales debe ser el Derecho Laboral, y no el Civil, porque el primero está pensado para una relación desigual: empleador-empleado, mientras que la segunda está pensada para la resolución de un conflicto entre iguales.  Es necesario que el principio in dubio pro operario (que establece que ante una duda sobre la interpretación de la norma se debe favorecer al trabajador) sea el que rija esta norma, y todos los litigios laborales.
Que se trata de un proyecto avalado por la Unión Industrial Argentina, es decir, una legislación laboral diseñada según los criterios de los sectores patronales.
Que desliga aún más a los empresarios y al Estado de la responsabilidad que tienen sobre las condiciones de seguridad de los trabajadores, continuando y legitimando una concepción neoliberal instaurada durante los años 90, a partir del ajuste estructural de la economía y la flexibilización laboral.
LA JUNTA DE CARRERA DE SOCIOLOGÍA RESUELVE:
Artículo 1°.-: Repudiar el proyecto de ley de modificación del régimen del Riesgo de Trabajo.
Artículo 2°.-: Convocar a un foro abierto en la facultad para promover políticas de prevención del riesgo del Trabajo en el que participen representantes de las centrales obreras y se eleven propuestas de modificación a ambas Cámaras del Congreso de la Nación.

Artículo 3°.-: Emitir un comunicado expresando la preocupación por parte de esta Junta al intentar violarse el derecho constitucional de los trabajadores a recurrir al poder judicial, en caso de que se considere injusta la indemnización, aún luego de haberla cobrado.

Artículo 4°.-: De forma.